De acuerdo con los Estatutos de la IEMO, la Membresía se subdivide en tres Clases:

  1. Miembro efectivo
    Los que hayan accedido a la Organización IEMO por Adhesión
  2. Miembro asociado
    Los que han acordado por Notificación Formal (ver: TipoF) o por Consenso (ver Tipo:C) el Derecho de Membresía a la Organización IEMO y por lo tanto tienen derecho a recibir los Servicios IEMO y una invitación permanente para participar en el Consejo y Conferencia de la IEMO en calidad de Observadores</ li >
  3. Miembro afiliado
    Deben ser considerados Estados que poseen al menos un Órgano Gubernamental que haya expresado mediante Notificación Formal haber acordado por consenso tal privilegio de membresía u Organizaciones Nacionales o Internacionales relevantes que trabajen en el campo relacionado con la Gestión de Emergencias y notificado de tal derecho mediante comunicación escrita.

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Estas clases se basan en diferentes formas de adhesión:

  1. Aindica Miembros signatarios mediante Adhesión escrita.
    Son miembros votantes efectivos de IEMO
  2. Findica que una notificación formal de un organismo estatal competente ha acordado formalmente la membresía de la IEMO.
    Son Miembros Asociados o Afiliados efectivos con estatus de Observador en el Consejo de la IEMO
  3. Cindicó Miembros considerados Honorarios, ya que su aceptación fue otorgada por la Organización IEMO y consensuada.
    Se les considera siempre invitados formalmente a asistir a las sesiones del Consejo y la Conferencia de la IEMO en calidad de observadores, a la espera de su notificación formal (F) o adhesión (A) y se le proporcionan (gratis) los servicios de IEMO relevantes.

La IEMO está animando actualmente a todos sus miembros a que pasen rápidamente del estado de miembros por derecho al estado de miembros efectivos.
La condición de miembro de la claseCindica, de hecho, que se ha enviado una comunicación formal por escrito por correo certificado ( con protocolo señalado en el respectivo campo correspondiente) por la Secretaría Direccional de la IEMO a la respectiva Autoridad Gubernamental nacional competente en temas de Prevención de Emergencias, a fin de notificar que, de acuerdo con los Estatutos de la IEMO, ha surgido un Derecho de Membresía por disposición deArtículo 7de los Estatutos de la IEMO (Tratado), en Protocolo Adicional al Convenio de Establecimiento de la IEMO, que así dispone:

UN Global Marketplace
UN DESA
UN DB
UN Treaty
UN Sustainable Development Goals
OSAA